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TEPJF ordena al Comité del PJ reanudar selección candidatos para elección judicial

22 de enero de 2025
in Imperdibles
TEPJF. Foto de TEPJF

TEPJF. Foto de TEPJF

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Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial reanudar el proceso de selección de las personas candidatas en la elección extraordinaria del 1 de junio de 2025.

Con esta sentencia el Comité de Evaluación deberá reactivar el proceso de selección dentro de las 24 horas siguientes a la notificación del presente fallo. 

El Comité cuenta con poco más de una semana para concluir con el proceso de evaluación y entrevistas de las personas aspirantes, después del 31 de enero tendrán que presentar el listado de las y los candidatos ante el Senado de la República.

En caso de no acatar la resolución del TEPJF el Comité podría recibir una sanción de acuerdo con lo establecido en el artículo 32, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Material Electoral.

Dichas sanciones van desde una amonestación, una multa de cincuenta hasta cinco mil veces la Unidad de Medida de Actualización o Arresto hasta por treinta y seis horas.

La tensión por la implementación de la reforma judicial en su punto más polémico

Asimismo, el órgano instruyó presentar una denuncia contra el titular del Juzgado Primero de Distrito de Michoacán, Sergio Santamaría Chamú, que ordenó a los Comités de Evaluación de los tres Poderes de la Unión suspender el proceso de la elección Judicial.

http://enun2x3.info/wp-content/uploads/2025/01/TEPJF.mp4

Horas más tarde, el juez ordenó a las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF respetar la suspensión definitiva emitida contra la reforma judicial.

Además, aseveró que aún cuando la Sala Superior del Tribunal Electoral constituya la máxima autoridad en materia electoral, no se ubica en un plano de “superioridad” respecto a sus atribuciones

Sobre este último punto, el proyecto publicado en la página oficial del Tribunal Electoral y actualizado este miércoles 22 de enero a las 3:19 horas, subraya:

“Conforme a lo antes apuntado esta Sala Superior estima que el único órgano que debe ejercer control legal y constitucional de los actos y determinaciones de los comités de evaluación relacionados con el proceso electoral de personas juzgadoras es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, señala el proyecto publicado en el portal del TEPJF. 

Con la sentencia se exhortó, además, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a resolver los recursos interpuestos por las y los aspirantes a cargos de magistrados de la Sala Superior y Regionales del Tribunal Electoral que fueron excluidos y que le fueron remitidos a la Corte pues son de su competencia.

Tags: Candidatoselección judicial.PJPoder Judicial
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